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domingo, 6 de agosto de 2017

ACTUALIDAD FISCAL: LA AFIP Y LA CURVA DE LAFFER

Ecotributaria
ACTUALIDAD FISCAL: LA AFIP Y LA CURVA DE LAFFER


Si bien existen antecedentes sobre el tema desde hace al menos 5 siglos, e inclusive el reconocido John Keynes avanzó sobre el asunto, lo cierto es que fue el economista  norteamericano es reconocido por los economistas en general como el autor de la llamada “curva de Laffer”, según la cual el aumento de la presión tributaria mejora la recaudación fiscal hasta que llega un punto en el que si sigue aumentando tal presión, la recaudación comienza a bajar, de tal modo que si se llegara a un utópico 100% de presión fiscal, el ingreso del Estado en concepto de impuestos sería cero, porque nadie estaría dispuesto a comercializar absolutamente nada.
Traigo a cuento este asunto a raíz de las declaraciones efectuadas por el muy respetado Director de Ingresos Públicos, el Contador Alberto Abad, que en el coloquio de IDEA en Mar del Plata se refirió al tema de la bancarización en términos generales, en reuniones informales con profesionales y empresarios, según leo en el diario La Nación.
El funcionario tiene muy en claro que su papel a través del cargo que representa es el de aumentar la recaudación tributaria y entiende que uno de los pilares es la llamada bancarización de la operatoria mediante el uso de las tarjetas de débito y de crédito, cuestión que no escapa a ningún profesional de la economía, y con bastante seguridad tampoco escapa a la mayoría de la población, que sabe que cuando va a un comercio y abona en efectivo obtiene a veces importantes descuentos.
                Pero en la Argentina cuando se analizan estas cuestiones yo creo que se cometen errores conceptuales muy gruesos y que falta una visión integral de problema de la evasión fiscal.   
               Todo el mundo habrá leído en los últimos tiempos que la presión fiscal está en sus máximos históricos, y hay estudios que sindican que de cada peso que ingresa al bolsillo de un contribuyente, al menos 63 centavos vuelven de una manera u otra a las arcas públicas. Es muy difícil establecer la cifra, básicamente porque no se mide la presión tributaria agregando todos los componentes que la constituyen.
              Porque si bien la concepción generalizada es que los tributos se evaden en la Argentina por la angurria empresaria y por la “viveza” de los comerciantes, la realidad incluye demasiados aspectos para los que por lo menos en lo personal no he visto estudios serios o al menos completos que la contemplen.
             Quienes trabajamos en esto sabemos que los comerciantes no podrían resistir operar todo “en blanco” porque en tal caso los precios deberían subir tanto que resultaría inviable su negocio. Eso hace que cuando adquieren su mercadería al mayorista pidan que una parte de ella sea operada de manera informal, es decir “en negro”. Pero todo el mundo sabe que cuando va al taller mecánico, o contrata a un pintor, o un albañil para que realice trabajos en su casa, es un elemento crucial que no aparezca una factura legal, de manera de evitar el pago de impuestos. Ni qué hablar de las institucionalizadas “Saladas” y “Saladitas” que, junto con “manteros” y vendedores ambulantes de diversa índole, operan a lo largo y a lo ancho de toda la República. Igualmente lo hacen los vendedores de ropa “trucha” o de películas y discos con copias “piratas”, a veces de filmes sin estrenar siquiera.
           Otras veces me he referido a estos asuntos de manera que no quiero abundar ahora una vez más. Me remito a una descripción somera para ubicar el verdadero foco del problema. Porque lo cierto es que toda esta operatoria es CONSENTIDA por las autoridades de una y mil maneras.  Basta recorrer cualquier lugar más o menos masivo de Capital o Gran Buenos Aires, para quienes somos porteños, para comprobar la cantidad de vendedores irregulares que existen SIN QUE NADIE HAGA NADA.
         Entonces, cabe preguntarse si ante esta realidad el Dr. Abad está apuntando los cañones en la dirección correcta.  Porque la verdad que la llamada competencia desleal y la presión tributaria exorbitante no son factores que vayan a colaborar con la bancarización. Y la pretensión de obligar a todo el mundo a utilizar y recibir tarjetas de crédito con comisiones importantes y con una tasa de inflación del 30% anual en el mejor de los casos resulta cuando menos utópica, por decirlo suavemente. De igual modo, el uso de tarjetas de débito tampoco es gratuito, ni para el comerciante ni para el poseedor de las tarjetas.
       Pero, volviendo a la cuestión de la presión tributaria, me gustaría dar algunos ejemplos de cómo funciona el sistema, sin agobiar con números, sino solamente mostrando la realidad lo más sencillamente posible.
       En términos generales los fabricantes PYMES venden su mercadería y reciben para su cobro cheques a 60 o 90 días siendo que deben tributar el IVA en torno del día 20 del mes siguiente. Esto significa que deben ingresar hasta el 21% de IVA (deduciendo el crédito fiscal, claro está), tal vez 30, 40 o 50 días ANTES de haber cobrado efectivamente su venta.  El Fisco otorga actualmente planes de hasta 3 cuotas con una tasa mensual del 3% y con un límite exiguo en la cantidad de “planes” de este tipo que pueden solicitarse. Esto significa que finacieramente el fabricante está perdiendo entre 6 y 9 puntos adicionales sobre el saldo a pagar de IVA, o tal vez mucho más si recurre a la financiación bancaria (si la consigue) y ni qué hablar al descubierto en cuenta corriente.
        Asimismo, han proliferado en los últimos años innúmeros sistemas de retenciones y percepciones, muchas de ellas bancarias, todas sujetas a que el afectado por las mismas demuestre que no corresponde que le apliquen esa carga. Es decir, el Estado tanto nacional, como provincial o municipal, hace rato que ha venido revirtiendo la carga de la prueba y aplica “manu militari” criterios basados en supuestos datos con los que evidentemente no cuenta, porque a la hora de presentarse el supuesto contribuyente a reclamar, debe presentar documentación de todo tipo y luego esperar de uno a tres meses a que sea “excluido” del padrón luego de que los diversos fiscos se tomen su tiempo para “analizar” la situación. Es posible que se solicite información adicional, que se deniegue o se apruebe el reclamo, y que en caso de ser aprobado se quite a la persona afectada del padrón, debiendo ésta luego iniciar un peregrinaje prácticamente  galáctico para que algún día tal vez logre que le devuelvan lo retenido o percibido indebidamente. Cosa que en caso de ocurrir, lo será a valor histórico y sin reconocer, que sepamos, interés alguno. Mucho menos ajuste por inflación, que sigue prohibido por la llamada “ley de convertiblidad”.
        A esto se le suma el llamado “impuesto al cheque”  que sigue vigente pese a ser un tributo “distorsivo” y de emergencia instalado hace más de 15 años (¡?)
         Por supuesto a su vez el comerciante deberá pagar tasas municipales, como por ejemplo la de seguridad e higiene, cuyo cálculo se basa en algunos municipios en parámetros de ventas, en otros del personal ocupado y otras variantes. También por supuesto deberá abonar Ingresos Brutos, a tasas que no bajan en la generalidad en ninguna provincia del 3%, a veces el 4 y hasta el 5%, sin contar con las tasas diferenciales que se aplican a determinadas actividades, como por ejemplo los llamados “albergues transitorios”.
       A nivel nacional, los afectados deberán tributar el impuesto a las ganancias, cuyas distorsiones por efecto de la inflación negadas  desde hace 15 años provocan cargas tributarias que llegan al 35% en sociedades anónimas muchas veces sobre utilidades ficticias producto de la prohibición de ajustar por inflación vigente desde 1992.  Luego está el impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, el impuesto sobre los Bienes Personales en cabeza de los titulares que grava únicamente los activos sin considerar los pasivos, el impuesto inmobiliario, la tasa de alumbrado y barrido, y un sinfín de contribuciones incluidas en las facturas de la electricidad, del gas, del agua o de la carga de combustibles en las estaciones de servicio.
      Y cabe agregar a todo esto que los impuestos nacionales citados en este último tramo, se abonan a la manera de anticipos a lo largo del año que transcurre, por lo cual se adelantan mes a mes al Fisco, lo cual significa un notable incremento de la alícuota final por el costo financiero que implica adelantarlos. Costo financiero que el Fisco tampoco reconoce porque la ley le permite actuar de ese modo.
     Y no hay que olvidar, ya que estamos, la ingente carga administrativa que todo este maremágnum representa para el contribuyente, no sólo pagando al contador, sino contando con empleados que se encarguen de las múltiples obligaciones legales, como el llevado de libros, que en muchos casos son duplicadas o triplicadas (caso libro sueldos, por ejemplo, cuya información mensual es suministrada a la AFIP con exactamente los mismos datos que deben copiarse luego al libro rubricado so pena de ser sancionados por “incumplimiento”).
    Podría seguir con ejemplos y más ejemplos, porque hay a patadas. Sólo diré, para terminar esta reseña, que en la Argentina es el día de hoy que una persona monotributista que tiene un INGRESO BRUTO anual de hasta 48.000 pesos, ingreso bruto que puede ser cero, inclusive, está obligada a pagar $ 39.- en concepto de impuesto en este régimen, concepto que según la propia ley, sustituye a los impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado. Es decir que aunque sea simbólico, lo cierto es que una persona que tiene un ingreso bruto, sin deducir ningún gasto, de hasta $ 4.000 promedio mensuales, PAGA IMPUESTO A LAS GANANCIAS en la Argentina, siendo que el salario mínimo es hoy por hoy de $ 7.560 y la jubilación ídem está en torno de los $ 5.661.-
       Y a todo este panorama no hay que de sumar el impuesto inflacionario, que es el más injusto de todos, y que quita valor a la moneda  a razón de un 30 o un 40% anual desde hace ya varios años y aún hoy sigue.
    Sabrán disculparme si la reseña se me ha hecho un poco larga, pero estamos en la Argentina, que viene sufriendo un verdadero desastre administrativo a nivel Estado desde hace muchos años.
     En este marco, la pretensión del Dr. Abad puede ser muy honesta y pura, muy profesional y noble, muy funcional a su cargo y a su relación con el contribuyente, pero en mi modesta opinión absolutamente alejada de una realidad que el Estado no parece dispuesto, al día de hoy, a atacar con la profundidad y rapidez que merece.
     La curva de Laffer es por supuesto conocida por el Dr. Abad, claro está. De manera que o él tiene datos que no tengo yo, o algo en todo esto volverá como un bumerán sobre las actuales autoridades.
     Y una apostilla final para recordar cuando la administración anterior pretendía obligar a la población a ahorrar en pesos, considerando a “dólar blue” como “dólar ilegal”, al que debían referirse sin excepción todos los medios del aparato de propaganda que tal administración había montado. Sin embargo, todos y cada uno de los habitantes de esta  bendita tierra, no debe (o no debería) haber dejado de comprar dólar ahorro, en caso de poder hacerlo, a un promedio de 9 pesos, para venderlo luego a un promedio de 15 pesos alzándose con la diferencia, vendiéndolo de manera ilegal a un precio que darlo a conocer era equiparado por las autoridades con dar a conocer el precio de la cocaína.
     La realidad da por tierra con cualquier ilusión. Y mucho me temo que este será el caso una vez más.


Buenos Aires, 16 de octubre de 2016                                            HÉCTOR BLAS TRILLO

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