Ecotributaria
ACTUALIDAD FISCAL: LA AFIP
Y LA CURVA DE LAFFER
Si
bien existen
antecedentes sobre el tema desde hace al menos 5 siglos, e
inclusive el
reconocido John Keynes avanzó sobre el asunto, lo cierto es
que fue el
economista norteamericano
es reconocido
por los economistas en general como el autor de la llamada
“curva de Laffer”,
según la cual el aumento de la presión tributaria mejora la
recaudación fiscal
hasta que llega un punto en el que si sigue aumentando tal
presión, la
recaudación comienza a bajar, de tal modo que si se llegara a
un utópico 100%
de presión fiscal, el ingreso del Estado en concepto de
impuestos sería cero,
porque nadie estaría dispuesto a comercializar absolutamente
nada.
Traigo
a cuento
este asunto a raíz de las declaraciones efectuadas por el muy
respetado
Director de Ingresos Públicos, el Contador Alberto Abad, que
en el coloquio de
IDEA en Mar del Plata se refirió al tema de la bancarización
en términos
generales, en reuniones informales con profesionales y
empresarios, según leo
en el diario La Nación.
El
funcionario
tiene muy en claro que su papel a través del cargo que
representa es el de
aumentar la recaudación tributaria y entiende que uno de los
pilares es la
llamada bancarización de la operatoria mediante el uso de las
tarjetas de
débito y de crédito, cuestión que no escapa a ningún
profesional de la
economía, y con bastante seguridad tampoco escapa a la mayoría
de la población,
que sabe que cuando va a un comercio y abona en efectivo
obtiene a veces
importantes descuentos.
Pero
en la
Argentina cuando se analizan estas cuestiones yo creo que se
cometen errores
conceptuales muy gruesos y que falta una visión integral de
problema de la
evasión fiscal.
Todo
el mundo
habrá leído en los últimos tiempos que la presión fiscal está
en sus máximos
históricos, y hay estudios que sindican que de cada peso que
ingresa al
bolsillo de un contribuyente, al menos 63 centavos vuelven de
una manera u otra
a las arcas públicas. Es muy difícil establecer la cifra,
básicamente porque no
se mide la presión tributaria agregando todos los componentes
que la
constituyen.
Porque
si bien la
concepción generalizada es que los tributos se evaden en la
Argentina por la
angurria empresaria y por la “viveza” de los comerciantes, la
realidad incluye
demasiados aspectos para los que por lo menos en lo personal
no he visto
estudios serios o al menos completos que la contemplen.
Quienes
trabajamos
en esto sabemos que los comerciantes no podrían resistir
operar todo “en
blanco” porque en tal caso los precios deberían subir tanto
que resultaría
inviable su negocio. Eso hace que cuando adquieren su
mercadería al mayorista
pidan que una parte de ella sea operada de manera informal, es
decir “en negro”.
Pero todo el mundo sabe que cuando va al taller mecánico, o
contrata a un
pintor, o un albañil para que realice trabajos en su casa, es
un elemento
crucial que no aparezca una factura legal, de manera de evitar
el pago de
impuestos. Ni qué hablar de las institucionalizadas “Saladas”
y “Saladitas”
que, junto con “manteros” y vendedores ambulantes de diversa
índole, operan a
lo largo y a lo ancho de toda la República. Igualmente lo
hacen los vendedores
de ropa “trucha” o de películas y discos con copias “piratas”,
a veces de
filmes sin estrenar siquiera.
Otras
veces me he
referido a estos asuntos de manera que no quiero abundar ahora
una vez más. Me
remito a una descripción somera para ubicar el verdadero foco
del problema.
Porque lo cierto es que toda esta operatoria es CONSENTIDA por
las autoridades
de una y mil maneras. Basta
recorrer
cualquier lugar más o menos masivo de Capital o Gran Buenos
Aires, para quienes
somos porteños, para comprobar la cantidad de vendedores
irregulares que
existen SIN QUE NADIE HAGA NADA.
Entonces,
cabe
preguntarse si ante esta realidad el Dr. Abad está apuntando
los cañones en la
dirección correcta. Porque
la verdad que
la llamada competencia desleal y la presión tributaria
exorbitante no son
factores que vayan a colaborar con la bancarización. Y la
pretensión de obligar
a todo el mundo a utilizar y recibir tarjetas de crédito con
comisiones
importantes y con una tasa de inflación del 30% anual en el
mejor de los casos
resulta cuando menos utópica, por decirlo suavemente. De igual
modo, el uso de
tarjetas de débito tampoco es gratuito, ni para el comerciante
ni para el
poseedor de las tarjetas.
Pero,
volviendo a la
cuestión de la presión tributaria, me gustaría dar algunos
ejemplos de cómo
funciona el sistema, sin agobiar con números, sino solamente
mostrando la
realidad lo más sencillamente posible.
En
términos generales los
fabricantes PYMES venden su mercadería y reciben para su cobro
cheques a 60 o
90 días siendo que deben tributar el IVA en torno del día 20
del mes siguiente.
Esto significa que deben ingresar hasta el 21% de IVA
(deduciendo el crédito
fiscal, claro está), tal vez 30, 40 o 50 días ANTES de haber
cobrado
efectivamente su venta. El
Fisco otorga
actualmente planes de hasta 3 cuotas con una tasa mensual del
3% y con un
límite exiguo en la cantidad de “planes” de este tipo que
pueden solicitarse.
Esto significa que finacieramente el fabricante está perdiendo
entre 6 y 9
puntos adicionales sobre el saldo a pagar de IVA, o tal vez
mucho más si
recurre a la financiación bancaria (si la consigue) y ni qué
hablar al
descubierto en cuenta corriente.
Asimismo,
han proliferado
en los últimos años innúmeros sistemas de retenciones y
percepciones, muchas de
ellas bancarias, todas sujetas a que el afectado por las
mismas demuestre que
no corresponde que le apliquen esa carga. Es decir, el Estado
tanto nacional,
como provincial o municipal, hace rato que ha venido
revirtiendo la carga de la
prueba y aplica “manu militari” criterios basados en supuestos
datos con los
que evidentemente no cuenta, porque a la hora de presentarse
el supuesto
contribuyente a reclamar, debe presentar documentación de todo
tipo y luego
esperar de uno a tres meses a que sea “excluido” del padrón
luego de que los
diversos fiscos se tomen su tiempo para “analizar” la
situación. Es posible que
se solicite información adicional, que se deniegue o se
apruebe el reclamo, y
que en caso de ser aprobado se quite a la persona afectada del
padrón, debiendo
ésta luego iniciar un peregrinaje prácticamente
galáctico para que algún día tal vez logre que le
devuelvan lo retenido
o percibido indebidamente. Cosa que en caso de ocurrir, lo
será a valor
histórico y sin reconocer, que sepamos, interés alguno. Mucho
menos ajuste por inflación,
que sigue prohibido por la llamada “ley de convertiblidad”.
A
esto se le suma el
llamado “impuesto al cheque” que
sigue
vigente pese a ser un tributo “distorsivo” y de emergencia
instalado hace más
de 15 años (¡?)
Por
supuesto a su vez el
comerciante deberá pagar tasas municipales, como por ejemplo
la de seguridad e
higiene, cuyo cálculo se basa en algunos municipios en
parámetros de ventas, en
otros del personal ocupado y otras variantes. También por
supuesto deberá
abonar Ingresos Brutos, a tasas que no bajan en la generalidad
en ninguna
provincia del 3%, a veces el 4 y hasta el 5%, sin contar con
las tasas
diferenciales que se aplican a determinadas actividades, como
por ejemplo los
llamados “albergues transitorios”.
A
nivel nacional, los
afectados deberán tributar el impuesto a las ganancias, cuyas
distorsiones por
efecto de la inflación negadas
desde
hace 15 años provocan cargas tributarias que llegan al 35% en
sociedades anónimas
muchas veces sobre utilidades ficticias producto de la
prohibición de ajustar
por inflación vigente desde 1992. Luego
está el impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, el impuesto
sobre los Bienes
Personales en cabeza de los titulares que grava únicamente los
activos sin
considerar los pasivos, el impuesto inmobiliario, la tasa de
alumbrado y
barrido, y un sinfín de contribuciones incluidas en las
facturas de la
electricidad, del gas, del agua o de la carga de combustibles
en las estaciones
de servicio.
Y cabe
agregar a todo esto
que los impuestos nacionales citados en este último tramo, se
abonan a la
manera de anticipos a lo largo del año que transcurre, por lo
cual se adelantan
mes a mes al Fisco, lo cual significa un notable incremento de
la alícuota
final por el costo financiero que implica adelantarlos. Costo
financiero que el
Fisco tampoco reconoce porque la ley le permite actuar de ese
modo.
Y no hay
que olvidar, ya que
estamos, la ingente carga administrativa que todo este
maremágnum representa
para el contribuyente, no sólo pagando al contador, sino
contando con empleados
que se encarguen de las múltiples obligaciones legales, como
el llevado de
libros, que en muchos casos son duplicadas o triplicadas (caso
libro sueldos,
por ejemplo, cuya información mensual es suministrada a la
AFIP con exactamente
los mismos datos que deben copiarse luego al libro rubricado
so pena de ser
sancionados por “incumplimiento”).
Podría
seguir con ejemplos y
más ejemplos, porque hay a patadas. Sólo diré, para terminar
esta reseña, que
en la Argentina es el día de hoy que una persona
monotributista que tiene un
INGRESO BRUTO anual de hasta 48.000 pesos, ingreso bruto que
puede ser cero,
inclusive, está obligada a pagar $ 39.- en concepto de
impuesto en este
régimen, concepto que según la propia ley, sustituye a los
impuestos a las
Ganancias y al Valor Agregado. Es decir que aunque sea
simbólico, lo cierto es
que una persona que tiene un ingreso bruto, sin deducir ningún
gasto, de hasta
$ 4.000 promedio mensuales, PAGA IMPUESTO A LAS GANANCIAS en
la Argentina,
siendo que el salario mínimo es hoy por hoy de $ 7.560 y la
jubilación ídem
está en torno de los $ 5.661.-
Y a
todo este panorama no
hay que de sumar el impuesto inflacionario, que es el más
injusto de todos, y
que quita valor a la moneda a
razón de
un 30 o un 40% anual desde hace ya varios años y aún hoy
sigue.
Sabrán
disculparme si la
reseña se me ha hecho un poco larga, pero estamos en la
Argentina, que viene
sufriendo un verdadero desastre administrativo a nivel Estado
desde hace muchos
años.
En este
marco, la pretensión
del Dr. Abad puede ser muy honesta y pura, muy profesional y
noble, muy
funcional a su cargo y a su relación con el contribuyente,
pero en mi modesta
opinión absolutamente alejada de una realidad que el Estado no
parece
dispuesto, al día de hoy, a atacar con la profundidad y
rapidez que merece.
La curva
de Laffer es por
supuesto conocida por el Dr. Abad, claro está. De manera que o
él tiene datos
que no tengo yo, o algo en todo esto volverá como un bumerán
sobre las actuales
autoridades.
Y una
apostilla final para
recordar cuando la administración anterior pretendía obligar a
la población a
ahorrar en pesos, considerando a “dólar blue” como “dólar
ilegal”, al que
debían referirse sin excepción todos los medios del aparato de
propaganda que
tal administración había montado. Sin embargo, todos y cada
uno de los
habitantes de esta bendita
tierra, no
debe (o no debería) haber dejado de comprar dólar ahorro, en
caso de poder
hacerlo, a un promedio de 9 pesos, para venderlo luego a un
promedio de 15
pesos alzándose con la diferencia, vendiéndolo de manera
ilegal a un precio que
darlo a conocer era equiparado por las autoridades con dar a
conocer el precio
de la cocaína.
La
realidad da por tierra
con cualquier ilusión. Y mucho me temo que este será el caso
una vez más.
Buenos Aires, 16
de octubre de 2016
HÉCTOR
BLAS TRILLO
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